DGIA

Subdirección de Regulación de la Innovación Agraria

Es la encargada de desarrollar y hacer cumplir la normatividad correspondiente al Sistema Nacional de Innovación Agraria (SNIA).

  1. Formular y velar por el cumplimiento de las normas definidas por el INIA, en su rol de Autoridad Técnica Competente del SNIA.
  2. Elaborar y proponer normas y ejercer las funciones de autoridad administrativa y de registro en las siguientes materias:
    1. Producción, certificación y comercialización de semillas de calidad.
    2. Organismos vivos modificados en materia de seguridad de la biotecnología moderna agropecuaria y forestal, en el ámbito de lo dispuesto por el Protocolo de Cartagena, la Ley N° 27104 y la Ley N° 29811.
    3. Acceso a los recursos genéticos, moléculas, combinación o mezcla de moléculas naturales, incluyendo extractos crudos y demás derivados contenidos en las especies cultivadas o domésticas continentales.
    4. Mecanismos de preservación de germoplasma de los camélidos sudamericanos domésticos, y representación de la Entidad en la conducción de registros genealógicos nacionales.
    5. Registro Nacional de la Papa Nativa Peruana - RNPNP.
    6. Registro Nacional de Cultivares de Cacao Peruano - RNCCP.
    7. Otros Registros Nacionales que le sean encargados.
  3. Proponer y velar por la idoneidad técnica de los miembros y representantes de la Entidad ante comisiones técnicas nacionales, así como de los representantes nacionales ante comisiones y organismos internacionales de innovación agraria.
  4. Proponer normas, estándares de calidad, lineamientos, normas técnicas, procedimientos, formatos y protocolos de la Innovación Agraria, bajo la normatividad del rigor científico internacional, de aplicación en el Sistema Nacional de Innovación Agraria.
  5. Proponer y ejecutar las sanciones e infracciones en las materias de su competencia, para la aplicación de multas, denegación, suspensión o cancelación de los registros, permisos, certificados o autorizaciones correspondientes, comiso, destrucción o disposición final de los productos objeto de infracción y clausura de instalaciones o establecimientos por las infracciones, según la normatividad vigente.
  6. Proponer los criterios y procedimientos para la delegación de funciones a personas naturales o jurídicas de los sectores público y privado, para la ejecución de labores y proyectos relacionados con la innovación agraria.
  7. Actualizar los métodos y estándares para el registro, clasificación y catalogación de la información tecnológica agraria.
  8. Elaborar y proponer normas respecto a las funciones técnicas en materia de Protección a los Derechos de los Obtentores de Variedades Vegetales, en el ámbito de su competencia.
  9. Proponer lineamientos, directivas, manuales y emitir opinión técnica, en los temas de su competencia.
  10. Cumplir con las demás funciones que le asigne la Dirección, en concordancia con su ámbito funcional y de acuerdo con las disposiciones legales vigentes.